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28 de abril de 2020

La AFIP volvió a prorrogar su feria fiscal

En línea con la nueva etapa de la cuarentena, se extenderá hasta el 10 de mayo

 


Através de la Resolución General 4703/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), decidió prorrogar la feria fiscal extraordinaria hasta el 10 de mayo. La medida se da en el mismos sentido que la extensión del Gobierno nacional de extender el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta la misma fecha. 

El ente dirigido por Mercedes Marcó del Pont continuará con el sistema que adoptó desde el inicio de la cuarentena, el cual estableció que no se computarán “los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes” vinculados a “la aplicación, percepción y fiscalización" de determinados tributos. Por lo tanto, la ley indica que quedarán suspendidos “la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas” notificados durante este período.

La decisión fue tomada a mediados de marzo pasado, basándose en una Resolución anterior de este mismo organismo que prevé este tipo de servicio limitado durante determinados períodos, atendiendo a las ferias judiciales de cada año. En esta ocasión, la AFIP aclaró que se habilitará el trabajo “para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a esta Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.

Entre los considerandos del documento, señaló que la Corte Suprema estableció ferias extraordinarias respecto de todos los tribunales federales y nacionales, y demás dependencias integrantes del Poder Judicial, por el tiempo que dure el aislamiento social decretado por el presidente Alberto Fernández.

Por otro lado, el comunicado aclaró que los procedimientos que se realizan a partir de la información proporcionada por la OCDE “resultan de transcendencia institucional y comprometen el interés fiscal en el marco del actual contexto de emergencia”, por lo que se consideró “oportuno habilitar la feria fiscal que se dispone a través de la presente para la tramitación” de esos asuntos.

La atención al público limitada es una de las medidas que la AFIP viene tomando en el marco de las acciones para combatir al coronavirus en la Argentina: el mes pasado también amplió hasta el 30 de abril el plazo para presentar el formulario de Ganancias. Se trata del formulario 572, el cual le permite a los trabajadores en relación de dependencia informar los conceptos a deducir de este gravamen, como así también las percepciones que le practicaron además de otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Según informó el ente recaudador, la presentación de este trámite correspondiente a cada período fiscal se efectúa hasta el 31 de marzo, inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara, pero para evitar que el aislamiento social preventivo y obligatorio afecte el procedimiento, el organismo consideró oportuno “mantener abierta por un mes más la posibilidad de que los trabajadores en relación de dependencia realicen la presentación”.

 

 

 

 

 

 

 

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