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3 de septiembre de 2023

Las Prepagas acordaron con el Gobierno el congelamiento de cuotas por tres meses

El ministro de Economía, Sergio Massa, ratificó la decisión de que no haya subas por 90 días, si bien las empresas inicialmente no acataron. Finalmente se llegó a un acuerdo

Las empresas de medicina privada enroladas en la Unión Argentina de Salud (UAS) finalmente llegaron a un acuerdo con el Gobierno para mantener congeladas por 90 días las cuotas.

"Tal como anticipamos, la medicina prepaga de las familias con hasta 2 millones de pesos de ingresos, tendrán congelado el servicio de salud", fue el mensaje del ministro de Economía, Sergio Massa, para destacar la medida.

A quiénes beneficia la medida

La medida se aplicará para los grupos familiares con ingresos no superiores a $2 millones brutos mensuales y en la medida que declaren no poseer capacidad económica que les permita hacer frente a la cuota con el esquema de ajuste actual del índice de costos de salud.

En tanto las prepagas aclararon que, como la cuota de septiembre ya fue cobrada en la última quincena de agosto, el acuerdo tendrá vigencia desde el próximo pago en septiembre en referencia a octubre hasta diciembre. Cabe destacar que lo acordado llegaría a mantenerse hasta la fecha de un estimativo balotaje.

En esa línea, los afiliados deberán declarar sus ingresos y ratificar que no cuentan con la capacidad económica para mantener el sistema de ajuste actual. El trámite se realiza desde el aplicativo en que ya está disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Prepagas: cómo acceder al congelamiento

Los afiliados que quieran acceder al beneficio deberán declarar sus ingresos y que no cuentan con la capacidad económica financiera a través del aplicativo que ya está disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Se considera que el grupo familiar no posee capacidad económica cuando el titular o sus afiliados no sean propietarios de dos o más inmuebles; sean propietarios de tres o más vehículos, excepto los hogares donde exista al menos uno una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD); sean titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP, o sean titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

 

 

 

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